CGT es un sindicato de trabajadoras y trabajadores, no somos por tanto parte del sistema judicial, y es por eso que muchas veces las sentencias y autos emitidos por el poder judicial, nos llena de asombro.

En el caso concreto que nos ocupa, en el auto al que hemos tenido acceso, por ser parte codemandada por la abogacía del estado, (vamos que nos demandaron también a la CGT) encontramos cosas que nos llenan de incertidumbre y que no entendemos por mucho que nos esforcemos.

El auto viene a decir que por nuestro bien, para que podamos conciliar la vida familiar, cree conveniente suspender lo pactado; también dice que fíjense ustedes, en caso de que no aceptáramos las cautelares y en el caso de que la sentencia definitiva anulara el pacto, aquellos derechos que hemos pactado y usado, sería difícil de devolverlos, puesto que ya los habríamos disfrutado. (en cambio no dice nada de que en caso de que la sentencia sea favorable, el hecho de no haberlos usado en su momento, nos produciría una injusticia tremenda, por lo que parece que al juez solo le preocupa si hemos usado el pacto en un sentido).

Y para colmo, nos anuncia que los costos de esta actuación judicial van a recaer sobre nuestras arcas, la de nuestro sindicato, junto con el resto de sindicatos firmantes y la corporación). Vamos que firmamos un acuerdo, en pleno derecho de nuestra autonomía negociadora, la abogacía del estado pide su nulidad y las medidas cautelares para que se supriman cuanto antes esos acuerdos, y el juez les da la razón y nos obliga a pagar. ¿El mundo al revés? No lo sabemos,  pero que, encima, nos tenemos que rascar el bolsillo, el bolsillo de un sindicato que no recibe subvenciones y que funcionamos con nuestras cuotas de afiliación. Igual tenemos que pasar la gorra a toda la plantilla para poder pagar, (tranquilos que no los pediremos) puesto que las mejoras eran para toda la plantilla. ¿Alguien entiende algo?

En fin esto es lo que hay, veremos que nos dicen por parte de la corporación ahora a las doce que tenemos una reunión con ella.