En cuanto a los requisitos que es están pidiendo por parte de la corporación en algunos procesos selectivos desde CGT nos gustaría informaros de lo siguiente:

Como gran parte de la plantilla sabe, la sección sindical de CGT en el Ayuntamiento de Zaragoza ha iniciado un contencioso administrativo en el que solicita la nulidad de la oferta de empleo público 2021 y las plazas afectadas en las ofertas no convocadas de los años 19 y 20, ya que fue aprobada bajo el amparo de un real decreto ley (14/2021) derogado por la ley 20/2021, de medidas urgentes de reducción de temporalidad en el empleo público.

En la primera semana del mes de abril nos fueron entregadas bases de procesos selectivos para su negociación con la Corporación, que después de ser estudiadas y compartidas con nuestra afiliación, descubrimos que en algunas de ellas solicitaban como requisito de acceso certificados de profesionalidad, además de las titulaciones legalmente establecidas en el TREBEP. Estas bases corresponden a procesos que estaban pendientes de convocar de las OPES 2019/20/21 y desde CGT entendemos que no pueden pedir dichos requisitos como medio de acceso a la función pública, ya que NO se trata de una titulación oficial regulada para el acceso. Dichos certificados de profesionalidad, como mucho se deberían de valorar como méritos en una fase de concurso, pero nunca como requisito de acceso.

No podemos estar de acuerdo, que los actos administrativos dependientes de la oferta de empleo público impugnada, como son las bases, entren en un proceso de negociación, simplemente por seguridad jurídica, y existiendo un recurso contencioso administrativo interpuesto por este sindicato en el que se solicita la nulidad de la Resolución del Gobierno de Zaragoza, de fecha 30 de diciembre de 2021 al ser de aplicación la ley 20/21 de 28 de diciembre de medidas urgentes de reducción de la temporalidad en el empleo público, y al haberse incumplido la mencionada ley de forma flagrante, no procede la mencionada negociación.

Para CGT es evidente que se ha vulnerado la legalidad vigente y más concretamente la ley 20/21 tanto en la oferta de empleo público aprobada como en los actos derivados de la aprobación de la oferta.

A más abundamiento, CGT tampoco puede estar de acuerdo que se modifique la forma de acceso a la función pública ya que entendemos que no se ajusta a la legalidad vigente.

Si alguna o alguno estáis perjudicados con las exigencias de estos certificados, creemos que tendríais que poneros en contacto con algún gabinete jurídico para que os asesoren en caso de recurrir estas bases.

Aun así, nos gustaría explicaros cual es el procedimiento para la obtención de estos certificados de profesionalidad, no sólo matriculándose para la obtención, sino solicitando una acreditación de competencias por la experiencia profesional adquirida por el desempeño de vuestros respectivos trabajos.  

Debido a las dudas que nos habéis trasmitido a la sección sindical de CGT por diferentes medios y por llamadas telefónicas, os vamos a hacer un pequeño resumen de lo que son los certificados de profesionalidad, y de las maneras de obtenerlos.

Es un resumen, si os surgen algunas dudas una vez leído, podéis llamarnos e intentaremos ayudaros, pero en internet hay mucha información al respecto.

Os dejamos aquí el PDF con la explicación.