Para todas las personas que en los próximos años de vigencia del pacto-convenio, se vayan a jubilar, esta noticia, que afecta algo a lo firmado, le deberia interesar…

El Gobierno de Zaragoza, en fecha 28 de diciembre de 2016, de conformidad con las competencias atribuidas al mismo, según el artículo 127 h) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (modificación Ley 53/2003 de 16 de diciembre de Medidas para la Modernización del Gobierno Local) y artículo 141 h) del Reglamento Orgánico municipal, ha adoptado el siguiente acuerdo:


Rectificar el error material advertido en la redacción del Articulo 17- párrafo tercero- del texto del Pacto de aplicación al personal funcionario, de conformidad con lo establecido en el articulo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


El articulo 17 párrafo tercero del texto del Pacto de aplicación al personal funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza para los años 2016-2019, donde dice:
“El personal municipal, que por jubilación, cause baja en el Ayuntamiento disfrutará de los días de licencia anual reglamentaria en el cómputo que a continuación se establece:
– Los/las que causen baja en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio, disfrutarán 15 días naturales de licencia anual reglamentaria.
– Los/las que causen baja a partir del 1 de julio hasta el 31 de diciembre, disfrutarán 30 días naturales de licencia anual reglamentaria.”
Debe decir:
“El personal municipal, que por jubilación, cause baja en el Ayuntamiento disfrutará de los días de licencia anual reglamentaria que correspondan proporcionalmente al tiempo de servicio prestados durante el año.”


Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y efectos oportunos.