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AUMENTA EL SINDROME DEL BOLI INQUIETO EN LA CASA

♦31.07.2017

El síndrome del boli inquieto arrasa entre algunos y algunas delegadas sindicales municipales.


Una extraña y terrible enfermedad está haciendo estragos en el colectivo de los delegados sindicales en el ayuntamiento. Se llama el “síndrome del boli inquieto”, y, aunque no existen cifras oficiales, se calcula que afecta a una buena parte de los delegados y delegadas de esta casa, sobre todo en los sectores menos combativos. Hemos consultado a los expertos sobre esta peculiar dolencia que ha hecho saltar todas las alarmas en la clase trabajadora y el personal municipal.


 La población de riesgo de esta enfermedad son los delegados de los sindicatos mayoritarios y alguno corporativo; el perfil típico de la persona afectada es varón blanco, liberado, con ansias de político centrista, de mediana edad y tonto del culo.


 El síntoma más llamativo del “síndrome del boli inquieto” es la necesidad compulsiva de estampar la firma en cualquier papel que se ponga por delante del sujeto afectado. Andrés Bolibic, experto en todo y becario de esta redacción cegetera, explica cómo detectar los casos: “Se da a menudo la circunstancia de que, habiendo un acuerdo en vigor, el sujeto firma otro acuerdo sobre la misma materia con peores condiciones. Este comportamiento se llama en la literatura científica ‘firmar mierdas’, y quien lo lleva a cabo es clasificado como un ‘firmamierdas’. Esa puede ser una señal de que nos encontramos ante un caso de síndrome del boli inquieto, salvo que el acuerdo suba el sueldo exclusivamente al sujeto afectado, en cuyo caso apuntaría más al síndrome del morro que se lo pisa. Firmar rpts en años alternos es otro de los posibles síntomas, igual que autojustificarse con frases como ‘para nosotros el conflicto en deportes no es un fin como lo es para los radicales y anarquistas, sino un medio para conseguir mejoras’, ser amigo de la directora de RRHH,  u oler a traidor”.


 En cuanto al tratamiento, Bolibic explica que “siempre es aconsejable alejar al sujeto del ámbito en el cual su compulsión puede resultar más dañina; esto significa apartarle indefinidamente de las negociaciones y de las infinitas reuniones con personal. Este tratamiento a menudo tiene como consecuencia ciertos comportamientos patológicos derivados del síndrome de abstinencia, como firmar autógrafos que nadie les ha pedido, o firmar algún artículo en el heraldo. Aunque algunos de estos síntomas son nocivos para el paciente si perduran, en algunos casos el sujeto ha conseguido sublimar su compulsión de firmar en una carrera artística en el mundo del grafiti, simplemente cambiando el soporte de la firma del papel a los muros. En casos extremos, en los que el sujeto recae una y otra vez en su vicio, puede llegar a ser recomendable la terapia del boli que no pinta”.

 


 

ALGO DE LECTURA PARA EL FINDE O LAS VACACIONES

♦28.07.2017

 

 

 Se acercan días donde, con un poco de suerte, podemos leer, de forma más relajada.

Con ese fin, esta semana os facilitimos una serie de cuentos cortos, que seguro que os gustan.

 

Os pasamos los cuentos en formato pdf para que os los descargueis para su lectura

                    cuentos cortos contra la autoridad. Descarga

 


 

LAS PRIMERAS VACACIONES PAGADAS

♦28.07.2017

• En España no se generalizaron hasta los años sesenta

Que te paguen sin trabajar? Imposible. Vagos más que vagos. Muchos de nuestros abuelos murieron sin terminar de asimilar el concepto de las vacaciones tal y como las conocemos ahora. Sus conciencias, moldeadas por siglos de una lucha elemental por la supervivencia, eran incapaces de entender algo así. Vivir sin hacer nada, decían, era cosa de señoritos; los demás no tenían más remedio que ir todos los días al tajo si querían comer. El ocio remunerado es un fenómeno relativamente reciente, por mucho que ahora nos parezca inconcebible un verano sin recibir la nómina en casa. «Las primeras demandas de días libres pagados -precisa Francisco Javier Capistegui, profesor de Historia Contemporánea de la Universidad de Navarra- tienen lugar en Alemania a mediados del XIX, pero habrá que esperar al siglo siguiente para que esa aspiración cobre cuerpo».

 

En el pinar. Una familia durante un almuerzo campestre en medio de un pinar. A su lado, el inevitable Seat 600, que ha quedado asociado a los primeros viajes de vacaciones de los españoles.


El Gobierno bolchevique que se hace con el poder en Rusia con la revolución de 1917 es el primero que introduce el derecho del trabajador a disfrutar de vacaciones. «Es un derecho nominal -puntualiza el historiador- porque en realidad solo está al alcance de aquellos que son señalados por la dirección del partido para premiar su comportamiento. Ocurre algo parecido con el nazismo, que luego llegaría al poder en Alemania, que incorpora un sistema de penalizaciones y recompensas en el que las vacaciones son un señuelo para ganarse la lealtad de los trabajadores».


En España, el ocio había sido durante siglos un concepto desconocido para la gran mayoría de la población. Únicamente las clases privilegiadas conocían el auténtico significado del término 'dolce far niente'. Es a partir del siglo XIX cuando surge entre los círculos más cercanos al poder el deseo de disfrutar del tiempo libre emulando modas como la estancia en balnearios o playas. A principios del nuevo siglo, militares, maestros o empleados públicos habían arañado ya permisos que les permitían ausentarse unos días de sus obligaciones. Una ley de 1918 contemplaba 15 días de vacaciones para todos los funcionarios. Un año más tarde, otra norma abría la puerta a que capitanes y oficiales de la marina mercante disfrutasen de un mes de permiso remunerado.


La inquietud fue calando entre las nuevas clases urbanas. Ferroviarios, tipógrafos o empleados del comercio y la banca empezaron a incorporar esta reclamación. Satisfechas ya las demandas sociales más acuciantes, las vacaciones pagadas se consolidaron en el núcleo duro del listado de reivindicaciones. Países como Austria, Finlandia, Suecia o Italia introdujeron de una u otra forma este derecho en sus legislaciones en los años veinte. España no se quedó atrás y en 1931, con la Segunda República, aprobó una norma -Ley del Contrato del Trabajo- que contemplaba en su artículo 56 un permiso anual retribuido de siete días para todos los asalariados. Fue una normativa pionera que apenas tuvo repercusión en aquella España agrícola. Y las convulsiones políticas que sacudieron al Ejecutivo de Manuel Azaña impidieron la estabilidad necesaria para que las clases urbanas se beneficiasen de su implantación.


En Francia, con una estructura laboral más diversificada y un peso mucho mayor de la mano de obra de las grandes industrias, las vacaciones pagadas se convirtieron en uno de los argumentos estelares de las elecciones del 3 de mayo de 1936. El rotundo triunfo del Frente Popular, que agrupaba a socialistas y comunistas, desencadenó una euforia sin precedentes que se tradujo en huelgas y ocupaciones de fábricas. «Han pasado a la historia como las 'huelgas alegres' porque se desarrollaron en un ambiente festivo, con conciertos y bailes en los talleres. Además, propiciaron una gran mejora de las condiciones de vida de la población trabajadora», observa el profesor Capitegui.


Las movilizaciones perseguían la implantación de la semana laboral de 40 horas, el reconocimiento de la representación sindical y, claro está, las vacaciones pagadas. Más de tres millones de franceses se sumaron a ellas y el país quedó por completo paralizado. El Gobierno que presidía el socialista Leon Blum convocó a la patronal y a los sindicatos en el palacio de Matignon, en París. De ahí surgieron los acuerdos el mismo nombre, paradigma de la teórica superioridad de las democracias a la hora de resolver conflictos frente al autoritarismo del fascismo y el comunismo. «Los acuerdos de Matignon -indica el historiador- son uno de los puntos de partida de la universalización de los derechos laborales y también de lo que hoy conocemos como el Estado del bienestar que define a Europa».


El pacto fue ratificado por la Asamblea Nacional y entró en vigor el 20 de junio de 1936. Decenas de miles de trabajadores franceses disfrutaron ese mismo verano de las primeras vacaciones pagadas de su vida en medio de un entusiasmo al que sin duda contribuía el incremento medio salarial del 15%, reconocido en la letra pequeña del texto. El Gobierno de Leon Blum implantó billetes populares de tren a precios especiales (con un 40% de descuento) y habilitó una red de albergues en áreas de playa y de montaña. El primer verano se vendieron unos 500.000 pasajes, cantidad que se duplicaría en agosto de 1937. Nacía así un nuevo fenómeno, el del turismo de masas, llamado a adquirir una relevancia extraordinaria como vector de crecimiento económico, pero también como transmisor de costumbres.


El pacto de Matignon terminó siendo conocido popularmente como el de la ley de las vacaciones pagadas. Eran inicialmente dos semanas que pasarían a ser tres en 1956 y cuatro en 1968. La quinta fue una promesa electoral del socialista François Mitterrand, que se hizo realidad en 1982, un año después de ser elegido presidente. Acabada la Segunda Guerra Mundial, el acuerdo de Matignon se convirtió en una referencia a la hora de regular los derechos laborales. La socialdemocracia, que inspiró las relaciones laborales de buena parte de los países europeos a partir del despegue económico que siguió a la posguerra, bebió en las fuentes de aquel pacto.


España reconoció, de nuevo, el derecho a las vacaciones remuneradas en el Fuero del Trabajo (1938) dictado por el Gobierno de Franco cuando aún no había acabado la Guerra Civil. La disposición no recogía la duración del permiso ( en la republica se reconocian 7 dias) y tampoco el país, fracturado y paupérrimo, estaba como para abrir un debate sobres los días de descanso. Posteriores desarrollos legislativos fueron marcando los límites de los permisos hasta llegar al actual Estatuto de los Trabajadores, que fija un mínimo de 30 días naturales. El veraneo, tal y como lo conocemos, es cosa del desarrollismo de los años 60, cuando la industria y los servicios emplearon a decenas de miles de españoles que hasta entonces solo habían conocido la esclavitud del campo. El crecimiento económico y la aparición de una industria del turismo en localidades como Torremolinos o Benidorm -que inyectó divisas a espuertas en las arcas públicas- propiciaron que el franquismo emulase a los países de nuestro entorno y las vacaciones retribuidas se incorporasen al calendario de los españoles.


Los días de asueto reconocidos por ley constituyen uno de los pilares del armazón del Estado de bienestar levantado el siglo pasado en Europa, asediado ahora por el vendaval de los recortes neoliberales. Países como Estados Unidos, por ejemplo, no contemplan las vacaciones pagadas en su legislación laboral. Al otro lado del Atlántico son un asunto más a negociar entre la empresa y el empleado. Esa dinámica suele dejar sin días libres a los recién contratados: solo cuando su situación se consolida, al cabo de unos cuantos años, se empieza a hablar del asunto. Las estadísticas dicen que cuatro de cada diez trabajadores estadounidenses no las tienen y los que disfrutan de ellas cuentan con una media de diez días al año. Y no parece que nadie tenga mucho interés en mejorar las cosas.

 


 

LA CGT SE EXPANDE EN LA EMPRESA PUBLICA ARAGONESA (SARGA)

♦27.07.2017

Excelentes resultados de la CGT en las elecciones sindicales de la empresa publica SARGA (Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental) donde nos presentábamos por primera vez y en solo dos colegios electorales de los seis existentes en las tres provincias de la comunidad de Aragón, convirtiéndonos en sindicato mas representativo en los puestos base, al haber obtenido el 18’6 % de representatividad del total de los seis colegios electorales donde se dirimían 43 delegadas y delegados, lo que nos garantiza la presencia en el comité intercentros y que la empresa no pueda excluirnos de ninguna mesa negociadora.

Solo nos queda felicitar a nuestras compañeras y compañeros por su trabajo y campaña desarrollada en sus días libres y recordarles que para el duro trabajo que tendrán de ahora en adelante, van a seguir contando con el apoyo y solidaridad de toda la CGT.

 


 

TRABAJAR CON CALOR

♦14.07.2017

Ante la importancia del tema, hemos preparado un folleto con información general para que os lo podais descargar o visionar.

 

 

 

 

Es muy genérico, pero esperamos que os sea útil

 

 

 

 

 

DESCARGAR FOLLETO

 

 

 

 

 

 


 

¿LAS COMISIONES DE SERVICIO EN ESTA CASA, DISCRECIONALIDAD O ARBITRARIEDAD?

♦14.07.2017

La Comisión de Servicio es una forma extraordinaria, restrictiva y temporal en la provisión de puestos de trabajo, sujeta a razones de urgencia e inaplazable necesidad y con duración determinada.


No obstante a lo anterior, esta fórmula se ha aplicado y, se aplica, a nuestro entender, de forma abusiva en detrimento de las expectativas de promoción del común de la plantilla de este Ayuntamiento al privar de una concurrencia pública en la expectativa y manteniendo además, el puesto de origen en reserva. La consabida discrecionalidad y autorganización de las Entidades Locales se transforma, en su caso, en arbitrariedad.

Con el ánimo de favorecer una transparencia en la gestión de la plantilla CGT,  solicitara a la Oficina de Recursos Humanos la relación de todos los puestos del Ayuntamiento cubiertos por, la denostada fórmula, de Comisión de Servicios que incluya la denominación del puesto y la fecha de adscripción, información sencilla que no precisa de gran trabajo administrativo. Con la información recibida abordaremos con rigor un estudio objetivo y razonado de todos los puestos cubiertos por  este sistema excepcional, considerando conveniente definir y establecer los criterios  a observar en estas situaciones en aras a la debida transparencia de la gestión de los recursos humanos y los principios básicos de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

 


 

MAREAR LA PERDIZ EN EL TEMA DE LA ESCALA AUXILIAR

♦13.07.2017

Estamos viendo pasar el tiempo, mes tras mes, reunión tras reunión, estamos viendo como la escala auxiliar, un derecho recuperado tras su lenta agonía en legislaturas pasadas, pese a estar reconocida en nuestro actual pacto-convenio, solo esta recuperada virtualmente.


Aquí estamos hablando de algo serio. De un derecho pactado y acordado que tiene dos variantes:
•    El derecho a pasar a la escala auxiliar por enfermedad o lesión en el momento que surja el problema y que ese derecho se vea plasmado en un puesto adecuado, sin pérdida económica y con la creación de vacante en el puesto ocupado anteriormente.
•    El derecho a pasar a la escala auxiliar, en determinados puestos, una vez alcanzada una edad que le imposibilita poder desarrollar sus funciones en unas condiciones exigentes de esfuerzo psíquico o físico, que ahora está fijada en 58 años (en cualquier caso con más edad que en otros colectivos en esta casa) y generando, también vacante en su anterior puesto de trabajo.
Este derecho, no puede ser un derecho encorsetado, reducido a un catálogo escaso, con unas fichas que limitan su acceso y que no crea vacantes.


No hay nada que negociar al margen.

CGT exige que:

►Se empiecen a ocupar YA los puestos ofrecidos (de momento 169, que ya incluyen las ocupadas en la actualidad)
►Que se ponga fecha para solicitar el pase a la escala auxiliar en un primer golpe inicial que ajuste cuanto antes los años de dejadez, que en el tema de la escala auxiliar se han producido.
►Que se ponga fin a los impedimentos  y reticencias detectadas para facilitar a todo aquel que lo desee y tenga reconocido el derecho de pasar a la escala auxiliar por edad

Y anunciamos que:

►Si en septiembre no vemos movimientos definitivos para ponerla, en octubre, en marcha con la ocupación efectiva de los puestos ofertados y.....
►Si no vemos un interés político en desarrollar la escala auxiliar en los mayores de 58 porque se les ningunea con un escaso, a todas luces, catálogo......
emprenderemos cuantas acciones sindicales consideremos necesarias para que este tema se zanje definitivamente.

Ha llegado la hora de que, si esto no se apaña, caña, caña, caña.

 

 

 


 

FROILAN Y SU  UTOPIA PEDAGÓGICA

♦12.07.2017

Nuestro Felipe Juan Froilán de Todos los Santos de Marichalar y Borbón vuelve en todo su apogeo, pese a su pesar, ya que en su momento repitió (a eso algunos, monárquicos irreductibles, lo llamarían “constancia”, aunque, en realidad, se debería de decir “tener posibles”) tres veces 2º de la ESO, dos de ellas en España y la otra en la academia militar Culver de Estados Unidos.

Sin embargo, y ahora viene el por qué de la noticia, ha conseguido aprobar, en una especie de “milagro de los milagros”, los cinco cursos que le restaban, tres de ESO y dos de bachillerato, para acceder a la universidad, sin apenas dolerle, es un decir, en dos años, digamos que sin truco, o casi, mediante el sistema de estudios de los hijos (que cruel estoy siendo, ya lo sé) de Trump, es decir, de los estadounidenses.

La palabra clave para todo este milagro, o casi, se llama “convalidar”. Ya que nuestro sobrino, el díscolo, pero sobrino al fin, Froilán, ha conseguido convalidar sus estudios en España, según su historial, dilatado y azaroso, y acceder a lo que hace tan solo unos años, hubiera sido Utopía, y sin embargo ahora, se llama: Universidad.

Comenzará sus estudios universitarios, según se ha hecho eco la prensa, en Administración y Dirección de Empresas (ADE) en el CIS The College for International Studies, universidad internacional en el mismísimo centro de Madrid.

Ahora viene, por no decir el quid, sí el “matiz” de la cuestión. El centro elegido para Froilán en Madrid, ya que este vecino del mundo, se niega a pensar que todo esto ha sido idea de nuestro sobrino y sí “Realmente diseñado” por parte, claro está y como debe de ser, del “ente” familiar, y que le dará acceso a las principales universidades de las Américas del Trump de marras, costará la nada despreciable cifra de 18.000 euros por curso.


En una España que se sigue debatiendo entre la crisis, y ésta sí que es REAL, y la publicidad del gobierno de que ya se empiezan a atar, otra vez, los perros con longaniza, vemos, y esta noticia lo confirma, que está más vigente que nunca ese triste refrán: “El que tiene padrino, se bautiza”.


Y no nos confundamos, el verdadero padrino siempre ha sido, y es, el dinero. Lo demás, la familia, y en este caso los títulos, claro que ayudan, pero si la familia no tiene dinero, como hubiera dicho aquella miss, ya no estarían en el candelabro.

 


 

ACOSO LABORAL: CÓMO DETECTARLO Y DEFENDERSE

♦11.07.2017

En los casos de acoso laboral, la trabajadora o el trabajador tendrá que aportar indicios de la existencia de dicho acoso y será la empresa la que tenga que acreditar que existe una justificación objetiva y razonable de las conductas llevadas a cabo o de las medidas adoptadas.

En qué consiste el acoso laboral.


El acoso laboral, también conocido como mobbing, es definido por los tribunales como “toda situación o conducta que, por su reiteración en el tiempo, por su carácter degradante de las condiciones de trabajo y por la hostilidad o intimidación del ambiente laboral que genera, tiene por finalidad o como resultado atentar o poner en peligro la integridad del trabajador”.
En otras palabras, para que un tribunal aprecie que una persona está acosada laboralmente tiene que estar sometida a una sistemática y prolongada presión psicológica en el desempeño de su trabajo (se le ningunea, hostiga, amilana, atemoriza, acobarda, asedia, atosiga, veja, humilla, persigue o arrincona). Al atacar su dignidad personal se persigue destruir su comunicación con los demás para que, perturbada su vida laboral, abandone su puesto de trabajo.
En todo caso, para la existencia de acoso laboral no es suficiente con un hecho aislado de carácter abusivo –por muy reprochable que éste sea-; es necesario que se trate de una serie de hechos recurrentes (al menos una vez por semana) mantenidos durante un tiempo prolongado (al menos seis meses). Un ejemplo habitual de acoso laboral es la eliminación de funciones o la falta de ocupación efectiva, que puede ocasionar un problema de salud al trabajador.


Problemas que presenta el acoso laboral: dificultad probatoria.


Como regla general, la parte que alega unos hechos tiene la obligación de acreditar que los mismos son ciertos. La excepción a dicha regla lo constituyen los casos de vulneración de derechos fundamentales en los que se invierte la carga de la prueba. En los casos de acoso laboral el trabajador tendrá que aportar indicios de la existencia de dicho acoso y será la empresa la que tenga que acreditar que existe una justificación objetiva y razonable de las conductas llevadas a cabo o de las medidas adoptadas.
El principal problema al que se enfrenta el trabajador acosado es el de acreditar los hechos y conductas que constituyen el acoso, ya que uno de los rasgos característicos del acoso es que se lleva a cabo con la apariencia de una absoluta normalidad y sin prácticamente nunca dejar rastro por escrito.
Qué hacer ante un caso de acoso laboral: recopilación de pruebas.
La Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2014 ha marcado un antes y un después en lo que a la validez de las pruebas para acreditar la existencia del acoso laboral se refiere.
Dicha Sentencia ha otorgado validez a la utilización de las grabaciones magnetofónicas y de las conversaciones de whatsapp, al afirmar que las mismas no vulneran el derecho al secreto de las comunicaciones, siempre y cuando dichas pruebas sean utilizadas únicamente por el trabajador acosado para defenderse en un procedimiento judicial.
Además de las grabaciones y de los whatsapp, el trabajador cuenta también con otros medios de prueba -que podríamos denominar como “clásicos”-, entre los que se encuentran: el interrogatorio de la persona acosadora, la declaración del trabajador acosado, la declaración de testigos, el informe pericial médico/psicológico en el que se delimite el diagnóstico clínico del trabajador acosado y la causa del mismo, las actas de la Inspección de Trabajo y los correos electrónicos.

 

Cómo defenderse del acoso laboral: los distintos procedimientos legales


1) Denuncia ante la Inspección de Trabajo: el trabajador puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo, con el fin de conseguir que un inspector constate de forma directa y personal los hechos denunciados mediante la visita al centro de trabajo, en el que pueda acceder a los testimonios de testigos, consultar documentos o verificar condiciones de trabajo.
Las actas emitidas por la Inspección de Trabajo cuentan con presunción de veracidad, objetividad e imparcialidad, por lo que es un medio de prueba idóneo para utilizar en un procedimiento judicial.
2) Procedimiento de tutela de derechos fundamentales y libertades públicas (artículos 177 a 184 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social): cuyo objeto se limita al conocimiento de la lesión del derecho fundamental o libertad pública. Tiene carácter urgente y no requiere intento de conciliación previa en el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación), sino que se inicia directamente con la presentación de la demanda ante el Juzgado de lo Social.
En dicha demanda debe indicarse expresamente los hechos constitutivos del acoso, el derecho o la libertad vulnerados, la cuantía de la indemnización pretendida con especificación expresa de los daños y perjuicios ocasionados al trabajador.
La Sentencia que se dicte declarará si ha existido o no vulneración de derechos fundamentales o libertades públicas y, en caso afirmativo, declarará la nulidad radical de las actuaciones llevadas a cabo por el empleador, a la par que ordenará el inmediato cese de la actuación, la restitución al estado anterior y el reconocimiento de una indemnización por los daños ocasionados a la víctima.
3) Extinción de la relación laboral (artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores): el trabajador puede solicitar la extinción de su contrato de trabajo ante una modificación sustancial de sus condiciones laborales que redunden en perjuicio de su dignidad, con derecho a percibir la indemnización fijada para el despido improcedente (45/33 días de salario por año trabajado).
A dicho procedimiento es acumulable la solicitud de una indemnización adicional por los daños y perjuicios causados, siendo necesario en todo caso el intento de conciliación previa (SMAC). La demanda que interponga el trabajador tiene que contener el mismo detalle y precisión que la del procedimiento de tutela de derechos fundamentales, y en ambos casos, es necesario que la relación laboral se encuentre en vigor.
4) Procedimiento ordinario: indemnización por daños y perjuicios. El trabajador podrá acudir a dicho procedimiento en aquellos casos en los que el hostigamiento psicológico haya cesado, bien porque la empresa haya adoptado las medidas oportunas para poner fin al mismo, bien porque el trabajador a consecuencia del acoso se haya visto apartado de su puesto de trabajo, ya sea con motivo de una incapacidad temporal o permanente.
Dicho procedimiento requiere intento de conciliación previa, y la demanda debe contener el mismo grado de exhaustividad que en los dos procedimientos anteriores, debiendo acreditarse expresamente la conducta de hostigamiento y el resultado que la misma ha ocasionado en el estado de salud del trabajador.


Conclusión.

Cada vez son más numerosos los medios de prueba al alcance del trabajador para acreditar la existencia de acoso laboral. Además, existen distintos procedimientos judiciales para poner fin a dicha situación. Sin embargo, los trabajadores continúan enfrentándose a la dificultad que supone acreditar la conducta de hostigamiento y el nexo causal entre la misma y su estado de salud; ambos son presupuestos básicos de los que depende el éxito o el fracaso de la demanda en el Juzgado.

 


 

CGT EXIGIRA HOY, EN LA COMISION DE SEGUIMIENTO DEL PACTO-CONVENIO, UNA SUBIDA SALARIAL POR ENCIMA DEL 1%

♦05.07.2017

Hoy la corporación nos ha citado para tener una reunión en el marco de la comisión de seguimioento del pacto y del convenio.


En ella, CGT exigirá  que se cumpla, aunque sea poco a poco, la cláusula adicional que establece la recuperación salarial del poder adquisitivo perdido en la última década, en los tres años que nos quedan de vigencia del pacto.


Aun siendo cómplices de las dificultades económicas de este gobierno municipal, no podemos seguir como si nada pasara. Los acuerdos, cuando se firman, se tienen que cumplir, no son brindis al sol.


Ayer mismo esa ministra de trabajo que tenemos la desgracia de sufrir, decía que los empresarios tienen que soltar la cartera un poco, que se les está llenando solo a ellos. (Claro está que podía haber seguido sus propios consejos y hablar de subir al funcionariado), hasta el pp son conscientes de que si quieren recuperación, la gente tendrá que tener dinero para poder comprar. También la DGA parece que va a soltar un poco la cartera para su personal.


En el ámbito del ayuntamiento debemos una vez más ser pioneros en este tema que cualquier economista de lo común ve clarísimamente. CGT propone que se haga una subida lineal simbólica este año, que muestre al personal, sobre todo con sueldos más bajos que debemos recuperar poder adquisitivo y eso solo ocurre de dos formas, o bien bajando precios (que el ayuntamiento no puede influir en ello) o subiendo salarios (y eso sí que puede y debe,  que así lo ha plasmado con su firma en nuestros acuerdos).


Veremos en que queda la reunión. Veremos si no toca, si hay negativas, retomar las movilizaciones.

 

 

p.d. ¡¡¡¡ tomadura de pelo total, ya  hemos salido de una reunion que ha durado 5 minutos. Una de la nada más absoluta!!!!

 

 


 

EL COMITÉ DE HUELGA DE CGT LLEGA A UN PREACUERDO CON LA CORPORACIÓN PARA DESCONVOCAR LA HUELGA  CONVOCADA EN DEPORTES PARA ESTE VERANO

♦04.07.2017

En el día de hoy la corporación nos ha citado al comité de huelga, compuesto por personal de los puestos base de deportes (oficiales y operarios/as) afiliados a la CGT. En esta reunión, nos han presentado un documento en el cual aceptaban las reivindicaciones planteadas como motivos de la huelga, por lo que y aun estando a esperas de la ratificación por parte de  la asamblea convocada para mañana, vamos a proponer su desconvocatoria.

Nos felicitamos de que tras la toma de fuerza planteada por esta sección sindical, la corporación se haya atenido a comprender que nuestros motivos eran fundamentados y nuestra disposición de llegar hasta el final era firme.

Entendemos, que la instrucción que regula como cubrir ciertos calendarios y cambios de turnos en deportes era una barbaridad y por lo tanto teníamos que solucionarlo y así, ajustarnos a lo que en nuestro actual pacto-convenio pone en su artículo 12.

El documento que nos han presentado viene a decir que cualquier cambio o petición de realización de horas extras por ausencias ineludibles de otras compañeras o compañeros y para cubrir los mínimos necesarios para tener la instalación abierta producidos con menos de dos meses de antelación, deberán compensarse como horas extras. Esta cosa tan fácil de comprender, hasta ahora quedaba reducido a cuatro días. A partir de mañana esta premisa abusiva queda suprimida.


CGT se congratula, primero, por la buena aceptación que entre los trabajadores había tenido nuestra convocatoria y segundo que la corporación se haya hecho eco de ella y lo haya solucionado sin tener que llegar a la huelga.

Como CGT, entendemos que cuando no queda más remedio, la huelga es un arma que tenemos que utilizar, y que ésta es la mejor arma que de siempre hemos tenido los de abajo, los currantes y currantas.

Lamentamos que ningún otro sindicato se hubiese querido unir a la convocatoria y les queremos decir bien alto, que solo el arrojo de la CGT en convocar huelga en solitario y la predisposición a seguirla ha sido lo que ha lograd el cambio de la postura en la corporación.

 

¡¡ Si luchas, puedes ganar si no luchas, ya has perdido !!


¡¡ Las huelgas, la más potente arma que tenemos los trabajadores y trabajadoras !!


¡¡ Hemos vencido, hemos logrado nuestros objetivos !!


¡¡ compañeros y compañeras, acudid mañana a la asamblea de deportes en el siglo XXI a la una de la tarde donde explicaremos los términos del preacuerdo y la obligatoriedad desde mañana de que se abonen los cambios que se produzcan con menos de dos meses de antelación !!