Otra vez volvemos con un tema recurrente. El acoso laboral y las escasas implicaciones con el problema que se da en este Ayuntamiento, y que obliga a las víctimas a buscar la vía penal para resolver los conflictos.

La cuestión es que tras que el juzgado de lo penal emitiese una sentencia ejemplar condenando a un empleado municipal por acoso laboral sobre otras siete personas, afiliadas a CGT y también empleadas municipales y bajo su mando, y que se reconocieran que las lesiones ocasionadas lo eran por el desempeño de su trabajo y por lo tanto accidentes laborales, y que se condenase al acosador a prisión y a una pena accesoria de alejamiento de las víctimas, nos encontramos con la siguiente situación:

Primero, el servicio de personal, ubicó al acosador en el mismo servicio en el que estaban ubicadas las personas de las que debía de alejarse. Esto ocurrió además tras una mentira manifiesta de la vicepresidenta del comité de seguridad y salud laboral           que aseguró en una sesión extraordinaria del Comité que estaba destinado a otro servicio. Transcurrido un tiempo, el presidente del comité que es Alberto Cubero, pese a la gravedad del tema tratado, (siete accidentes laborales provocados por un delito de acoso laboral grave con condena de prisión) hizo intención de abandonar la reunión antes de que concluyese, aunque no lo hizo porque se le advirtió que se irían algunos de los delegados de prevención también.

Segundo, el servicio de prevención siguió manteniendo las mismas medidas preventivas iniciales que permitían la ubicación de acosador y víctimas en un mismo entorno, pese a que la nueva situación era de una orden de alejamiento entre uno y otras.

Tercero, el servicio de instalaciones deportivas, que en última instancia debía de asegurarse que no habría contacto entre el acosador y las víctimas, sitúa a una de las víctimas en la situación de coincidir en día, hora y ubicación en un curso de carácter obligatorio con el acosador, poniendo no sólo a la víctima en una situación de riesgo psicosocial, sino al acosador en la situación de obligarle a vulnerar condena y ser denunciado por la víctima. Advertido el error, se vuelve a caer de nuevo en él ya que al cambiarle el día del curso asignado al acosador, lo sitúa con otra víctima diferente. Las víctimas renuncian a asistir al curso de formación.

Cuarto, al año siguiente, en una nueva edición del curso se vuelve a repetir la absurda situación del punto tres, solo que esta vez no habrá más que una ocasión, manifestando algunas víctimas esta situación a los y las delegadas de prevención.

Los y las delegadas de prevención de todas las secciones sindicales del ayuntamiento en pleno, plantearon una denuncia en la Inspección de Trabajo hartos y hartas ya de que el Ayuntamiento no aborde algunos temas con la seriedad necesaria.

 

Llegada la propuesta de requerimiento a manos de estos delegados y delegadas extraemos:

Que el inspector de trabajodenota una actuación negligente y un incumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales por parte del Ayuntamiento de Zaragoza, en cuanto a organización global, en orden a evitar la materialización de potenciales situaciones de riesgo psicosocial grave”. “El incumplimiento detectado se encuentra tipificado como infracción GRAVE en materia de prevención de riesgos laboralesA su vez y como medida preventiva emplaza al ayuntamiento a tomar cuantas medidas sean oportunas y de forma inmediata para garantizar que se cumpla la orden de alejamiento.

El currículum de este Ayuntamiento en materia de incumplimientos de la ley de prevención con infracciones tipificadas como GRAVES va creciendo paulatinamente a medida que van llegando las denuncias interpuestas, lo que supone la consecución de un extraño mérito a la incompetencia. Hemos de tener en cuenta que el Ayuntamiento ya fue emplazado hace años mediante otro requerimiento de inspección de trabajo a impartir formación en materia de prevención de riesgos psicosociales al personal que ejercía funciones de mando.

Queremos emplazar desde aquí al Señor Cubero a que reflexione sobre su implicación con la plantilla municipal y el deber que como todo patrón tiene con sus empleados. Que sea consciente de que gestiona una “empresa” con un número de empleados muy elevado y que es decisión suya hacerlo respetando las leyes que regulan las relaciones entre ambos en esta parte del mundo, o hacerlo como lo hacen conocidos “emprendedores” en algunos países asiáticos.