Ante las numerosas deficiencias en materia de Prevención de Riesgos Laborales(PRL) detectadas en los puestos de trabajo ocupados por los y las oficiales de mantenimiento de los colegios públicos, las y los Delegados de Prevención de la sección de la CGT en virtud de las competencias que les otorga la Ley 31/95 de PRL realizan las siguientes actuaciones:

En noviembre de 2017 los y las delegadas de prevención de la CGT en el ayuntamiento de Zaragoza, remiten escrito a la jefatura del servicio de Educación, solicitando la subsanación de las deficiencias detectadas

En enero de 2018, estos mismos delegados remiten otro escrito a la jefatura del servicio de Educación con el objeto de exigir la aplicación de las medidas oportunas para garantizar al personal de Colegios la entrega Ficha de Seguridad del Puesto de Trabajo de Oficial de Mantenimiento Colegios Públicos;  esta ficha fue elaborada en noviembre de 2011 por los Técnicos de Prevención de este Ayuntamiento y contiene toda la información relativa a los riesgos existentes en el puesto de trabajo así como los Equipos de Protección Individual (EPIS)a utilizar.

Cabe destacar que los artículos 17 y 18 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales establecen la obligación que tiene la empresa de formar e informar a sus trabajadores y trabajadoras sobre los riesgos existentes en su puesto de trabajo.

Ante la negativa del servicio a la entrega de las fichas y los correspondientes EPIS a los y las trabajadoras, los delegados de CGT formulan denuncia ante la Inspección de Trabajo en mayo de 2018.

En diciembre de 2018 el Inspector de Trabajo formula un requerimiento en el que constata una serie de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales y establece un plazo para que el ayuntamiento subsane los incumplimientos relacionadas con la Coordinación empresarial, los lugares de trabajo, la entrega de EPIS y fichas de seguridad y las órdenes de trabajo.

En septiembre de 2019, el inspector emite una PROPUESTA DE REQUERIMIENTO FORMAL DE SEGURIDAD E HIGIENE A ADMINISTRACIÓN PÚBLICA en el que indica textualmente que “se ha incumplido el requerimiento de subsanación formulado”.

Establece un nuevo plazo para la adopción de las medidas requeridas y advierte que en el caso de un eventual nuevo incumplimiento se valorará informar a la Autoridad Judicial y/o al Ministerio Fiscal.

En CGT estamos convencid@s de que la actuación para mejorar las condiciones del servicio son las adecuadas y nos parece penoso llegar a estas situaciones.

La seguridad de los y las trabajadoras del colectivo es algo que no se puede pasar por alto en ningún momento.

La contundencia del requerimiento habla por si sola.