El 18 de mayo de 2015 se publicó en el BOPZ las bases por las que se convocaban pruebas selectivas para la provisión de 69 plazas de Operario Especialista del Ayuntamiento de Zaragoza, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase personal de oficios, correspondientes  a ofertas de empleo público del Ayuntamiento de Zaragoza de los años 2006, 2009 y 2015, mediante el ingreso por el turno libre ordinario y el sistema selectivo de concurso-oposición.

            Esta convocatoria fue recurrida por el pseudo-sindicato STAZ por su interpretación de que las ofertas de 2006 y 2009 habían caducado y debían ser anuladas.

            Con fecha 1 de julio de 2016, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Zaragoza, dictó sentencia estimando parcialmente el recurso interpuesto por la STAZ anulando la Oferta de 2009 (29 plazas) y dejando  vigente la Oferta del año 2006 (40 plazas)

            El Ayuntamiento recurrió ésta Sentencia por disconformidad con la anulación parcial y a su vez,  STAZ, por pretender la estimación completa de su pretensión de anular también la Oferta de 2006.

            El Tribunal Superior de Justicia de Aragón, resolvió a favor de lo pretendido por STAZ y anuló las 40 plazas de la OEP de 2006, afectando de ese modo la adjudicación de plazas. Los afectados por todo ello interpusieron un recurso de anulación de dichas resoluciones, el cual les fue favorable y ordenaba que se repitiera todo lo actuado.

            Finalmente STAZ con fecha 2 de abril de 2019 retiró el procedimiento, (tal vez para evitar que le pasara factura en las elecciones sindicales) solicitando su desistimiento y archivo, por lo cual y trascurrido el plazo de 5 días sin recurso de ninguna de las partes, la convocatoria inicial de 69 plazas sería totalmente ajustada a Derecho.

            El no nombramiento por parte del Ayuntamiento  de las 29 plazas restantes, (puesto que la oferta inicial era de 69 plazas) conculcaría el art. 23.2 de la Constitución por discriminación en el acceso a la función pública respecto a la oposición de los 35 operarios, sujetos a las mismas ofertas de empleo. Siendo  esta situación incomprensible puesto que el mismo  Ayuntamiento ha luchado hasta el Tribunal Supremo, en recurso de casación, por conseguir lo que ahora no se está produciendo, que no deja de ser el nombramiento de las 29 plazas hasta la totalidad de las 69 plazas ofertadas.

 Desde CGT lo tenemos claro. Exigimos que ya mismo se les llame y entren en la plantilla de una vez.