PROFESORADO INTERNO

El Plan de Actividades Formativas del Excmo. Ayuntamiento para el año 2019 incluye acciones formativas que podrán ser impartidas, en su caso, por personal perteneciente a la plantilla municipal.

Los criterios para seleccionar al profesorado interno de dichas acciones formativas se relacionan en el Anexo I.

En el Anexo II se relacionan las acciones formativas a las que prioritariamente pueden presentarse propuestas. Para una mayor información de estas acciones en lo relativo a objetivos del curso y programa orientativo pueden ponerse en contacto con el Centro de Formación y Desarrollo.

SOLICITUDES 2019

Las personas interesadas en impartir formación deberán dirigir un escrito al Centro de Formación cumplimentando los aspectos reseñados en la ficha adjunta (Anexo III), al que deberán acompañar los documentos acreditativos necesarios, con anterioridad al día6 de mayo de 2019 así como el programa propuesto para la acción formativa.

  • Plazo de presentación: hasta el 6 de mayo de 2019

En el caso de ser seleccionado para impartir un curso y alguna de sus sesiones se realizase dentro su jornada laboral, el/la docente deberá contar con la autorización expresa de la Jefatura de Servicio, comunicándolo a tal efecto al Centro de Formación. Asimismo, en este caso, el/la formador/a debe tener en cuenta que las horas impartidas dentro de la jornada laboral no podrán ser retribuidas, de conformidad con el Decreto de 21 de enero de 2009, de la Consejería de Hacienda, Economía y Régimen Interior.

De acuerdo con lo establecido en al Plan de Igualdad para Empleadas y Empleados del Ayuntamiento de Zaragoza, se deberá tener en cuenta la utilización de un lenguaje no sexista en todos los cursos que se oferten.

DOCUMENTOS

RETRIBUCIONES:

La compensación económica por la colaboración de empleados municipales en actividades formativas organizadas por el Ayuntamiento de Zaragoza con el personal municipal queda establecida por el Decreto del Consejero de Hacienda, Economía y Régimen Interior de fecha 21 de enero de 2009, limitándose a los casos en que la formación se realiza fuera de la jornada laboral con un importe de 56 euros por hora y teniendo como límites los establecidos en la legislación vigente.