El Plan de Actividades Formativas del Excmo. Ayuntamiento para el año 2017 incluye acciones formativas que podrán ser impartidas, en su caso, por personal perteneciente a la plantilla municipal.

Los criterios para seleccionar al  profesorado interno de dichas acciones formativas se relacionan en el Anexo I.

En el Anexo II se relacionan las acciones formativas a las que prioritariamente pueden presentarse propuestas. Para una mayor información de estas acciones en lo relativo a objetivos del curso y programa orientativo pueden ponerse en contacto con el Centro de Formación y Desarrollo.
SOLICITUDES 2017
Las personas interesadas en impartir formación deberán dirigir un escrito al Centro de Formación cumplimentando los aspectos reseñados en la ficha adjunta (Anexo III), al que deberán acompañar los documentos acreditativos necesarios, con anterioridad al día 31 de marzo de 2017 así como el programa propuesto para la acción formativa.
Plazo de presentación: hasta el 31 de marzo de 2017

En el caso de ser seleccionado para impartir un curso y alguna de sus sesiones se realizase dentro su jornada laboral, el/la docente deberá contar con la autorización expresa de la Jefatura de Servicio, comunicándolo a tal efecto al Centro de Formación.

De acuerdo con lo establecido en al Plan de Igualdad para Empleadas y Empleados del Ayuntamiento de Zaragoza, se deberá tener en cuenta la utilización de un lenguaje no sexista en todos los cursos que se oferten.
DOCUMENTOS
Convocatoria
Anexo I : Criterios de Selección de Profesorado interno

Profesorado interno. Acciones Formativas 2017 – profesorado-interno-anexoII.pdf
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Profesorado interno. Cursos – profesorado-interno-anexoIII.pdf
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RETRIBUCIONES:
La compensación económica por la colaboración de empleados municipales en actividades formativas organizadas por el Ayuntamiento de Zaragoza con el personal municipal queda establecida por el Decreto del Consejero de Hacienda, Economía y Régimen Interior de fecha 21 de enero de 2009, limitándose a los casos en que la formación se realiza fuera de la jornada laboral con un importe de 56 euros por hora y teniendo como límites los establecidos en la legislación vigente.